Un juez federal de Córdoba ordena al Ministro de Salud cubrir los pagos por prestaciones a discapacidad
Se trata del Juez Federal Nº3 Hugo Vaca Narvaja
El Juzgado Federal N°3 de Córdoba notificó al ministro de Salud de la Nación, Mario Lugones, que debe cumplir con la sentencia del juez federal Hugo Vaca Narvaja, que ordena a INCLUIR Salud y PAMI regularizar pagos y cubrir las prestaciones para el colectivo de discapacidad, poniendo en marcha la Ley de Emergencia en la materia.
Días atrás, ese Juzgado Federal emitió la sentencia de primera instancia, donde se ordena el cumplimiento de la ley y el pago a los prestadores, de acuerdo a la acción de amparo colectiva promovida por la abogada Marta Lastra, referente de Defendamos Córdoba para la temática. La notificación a Lugones es la formalidad para que empiecen a correr los plazos de implementación de la sentencia.
Precisamente, la letrada especificó sobre la notificación: “Esto significa que PAMI e INCLUIR Salud, ambos bajo la órbita del Ministerio que conduce Lugones, deben pagar a los prestadores, a las instituciones prestadoras como hogares, centros de día, escuelas especiales, a las farmacias que vienen entregando medicamentos y pañales”.
La sentencia ordena la regularización de los pagos a entidades prestadoras, que tanto PAMI como INCLUIR Salud no vienen realizando desde el mes de diciembre.
El fallo emitido el pasado 23 de junio ordenó “hacer lugar a la acción interpuesta, con efecto expansivo a todo el colectivo (…) y en consecuencia ordenar a las demandadas (…) procedan a arbitrar los medios conducentes a fin de regularizar los pagos de las prestaciones previstas en la ley 24.901 brindadas al colectivo de autos, debiendo a tal fin cancelar en el plazo indicado las facturas pendientes de pago al día de la fecha y abstenerse de incurrir en demoras respecto a las sucesivas facturaciones que en tal concepto se devenguen”.
Es importante subrayar que, en caso de que el Gobierno nacional continúe sin cumplir la sentencia, puede considerarse delito de desobediencia, con más las consecuencias civiles por daños y perjuicios que pudieran ocasionar.
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